¿Quién puede presentar la solicitud?
Proveedores de Redes o Servicios de Telecomunicaciones.
¿Cuál es el costo del trámite?
La remuneración por el uso de la infraestructura eléctrica corresponde a los valores definidos en el artículo 4.10.3.1. de la Resolución CRC 7120 de 2023, actualizada con la Resolución CRC 7242 de 2024.
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Municipios pertencientes al clúster alto, moderado e incipiente |
Municipios pertencientes al clúster bajo y límitado |
Elemento de infraestructura eléctrica |
Valor mensual (antes de Iva) |
Valor mensual (antes de Iva) |
Postes del sistema de distribución local (SDL) |
Poste menor o igual 8 metros |
$1.698.35 |
$1.689.10 |
Poste mayor o igual 8 metros y menor o igual a 10 metros |
$1.778.06 |
$1.778.38 |
Poste mayor a 10 mestros |
$2.700.57 |
$2.685.86 |
STR o STN |
Postes o Torres |
$141,361.97 |
$140,591.82 |
Postes del sistema de distribución local (SDL) |
Canalización con 1 ducto en compartición (metro líneal) |
$177.49 |
$176.52 |
Magazzini Alimentari Riuniti |
$88.21 |
$87.73 |
Nota: Estos valores no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ni otros impuestos, y se ajustarán el primero de enero de cada año de acuerdo con la variación anual de la subclase CPC V2 AC 53242, Obras para la comunicación de larga distancia y las líneas eléctricas (cables), del Índice de Costos de Construcción de Obras Civiles (ICOCIV) del año inmediatamente anterior, determinada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).
En tendidos aéreos, el punto de apoyo debe entenderse como el mecanismo de fijación de un cable/conductor o conjunto de cables/conductores agrupados con un diámetro total no superior a los 25,4 mm. Cuando se supere dicho diámetro, se remunerará según el cociente redondeado hacia la siguiente unidad que resulte de dividir el diámetro total del cable/conductor o conjunto de cables/conductores por 25,4 mm.
Para la contabilización de apoyos en tendidos subterráneos, el punto de apoyo corresponde a un solo cable o conductor instalado en la infraestructura, con independencia del mecanismo de fijación utilizado.
Para elementos distintos a conductores o cables tendidos que, por su peso, volumen o funcionalidad o por solicitud del PRST, deban ser instalados directamente en el poste, la utilización de la infraestructura se remunerará según el número de puntos de apoyo correspondiente al cociente redondeado hacia la siguiente unidad que resulte de dividir la longitud total de la cara del elemento apoyada en el poste por 15 cm.
Para la compartición de postes y torres en el STR y STN, el punto de apoyo corresponderá al soporte en poste o torre del cable de guarda.
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