Saltar
Acabas de saltar el menú, repite de nuevo la acción con el tabulador para que puedas acceder al contenido propio de esta página.

Descripción

Petición que realiza el cliente y usuario para que se revise la meta que se definió al inmueble a partir de la resolución CREG 101 120 de 2026.  Esta solicitud también aplica para los casos donde el cliente solicita ser retirado de la medida por no ser objeto de la misma.

 

El presente trámite podrá ser gestionado a través de los siguientes canales de atención:

Recuerde presentar todos los requisitos documentales, comerciales y/o técnicos, para que su solicitud sea registrada y tramitada por CENS.

•    Usuario del servicio.
•    Representante Legal de hospitales, clínicas, puestos y centros de salud.
•    Representante Legal de centros educativos y asistenciales.
•    Para Municipios y Departamentos: funcionario competente o su delegado.

Para la revisión de la meta:

• Nombre completo y número de documento de identidad del solicitante. 
•     Para personas jurídicas: copia del RUT en formato PDF o en un formato que permita su apertura y consulta sin restricciones. También podrá verificarse la información a través del Certificado de Cámara de Comercio consultado en la página del RUES  por lo que no es necesario que el solicitante presente el documento físico.
• Presentar el formato de solicitud de actualización de meta de consumo completamente diligenciado (Descargar el formato aquí ). Para el canal escrito, este formato puede reemplazarse por una comunicación del cliente que incluya el número de usuario o la factura. 
•     Para usuarios nuevos en la instalación: documento que permita validar dicha condición (contrato de arrendamiento, promesa o escritura de compraventa, acta de entrega del inmueble u otro soporte equivalente).


Para excluir de la medida:

• Nombre completo y número de documento de identidad del solicitante. 
•     Para personas jurídicas: copia del RUT en formato PDF o en un formato que permita su apertura y consulta sin restricciones. También podrá verificarse la información a través del Certificado de Cámara de Comercio consultado en la página del RUES  por lo que no es necesario que el solicitante presente el documento físico.
• Presentar el formato de solicitud de actualización de meta de consumo completamente diligenciado (Descargar el formato aquí ). Para el canal escrito, este formato puede reemplazarse por una comunicación del cliente que incluya el número de usuario o la factura. 

• Uno de los siguientes documentos, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses, mediante el cual se certifica o acredita que corresponde a alguno de los suscriptores o usuarios no sujetos a la medida, de acuerdo con el artículo 4 de la Resolución CREG 101 120 de 2026:


o Entidad prestadora de servicios de salud: certificado expedido por el Ministerio de Salud o la Secretaría de Salud competente.
o Entidad prestadora del servicio de educación: certificado expedido por el Ministerio de Educación o la Secretaría de Educación competente.
o Centro asistencial: documento en el que se evidencia el objeto social o la actividad económica desarrollada.
o Organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, o establecimientos penitenciarios y de detención: documento que acredita dicha condición.
o Inmuebles o instalaciones de entidades públicas del orden nacional o territorial: documento que acredita su calidad de entidad pública, salvo que se encuentren identificados como usuarios oficiales en los sistemas de información comercial de CENS.
o Usuarios con condición médica que requieran el uso permanente o intensivo de equipos eléctricos indispensables para la preservación de la vida o la salud: soporte médico que acredite dicha condición e indique la fecha desde la cual se presenta.


Nota 1: Si la solicitud se realiza para varias instalaciones o contratos, el documento que acredita la condición deberá relacionar todas las direcciones o contratos para los cuales se solicita el beneficio.


Nota 2: Los siguientes usuarios podrán ser excluidos de la medida únicamente con la validación realizada en los sistemas de información de CENS, sin necesidad de solicitar soportes adicionales:
• Usuarios sin micromedición.
• Prepago de clientes.
• Usuarios autogeneradores.
• Instalaciones con periodicidad de lectura trimestral.

Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.

Causas de negación de la solicitud:
Este trámite no se considera negación, sin embargo, es posible que no se acceda a su solicitud debido al incumplimiento de requisitos o ha la presencia de inconsistencias en los mismos.

Costo del trámite:

La solicitud no tiene ningún costo.

Normativa asociada a la solicitud:

  • Resolución CREG 101 120 de 2026

Información relacionada:

  • En caso de ajuste o exclusión de la meta es importante comprender que los cambios se aplican a partir del próximo período de facturación.

Tiempo de respuesta:

La respuesta será proporcionada a través de los canales de atención habilitados en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de solicitud, sin que ello implique que la respuesta no pueda ser generada antes de dicho plazo.