Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.
Causales de negación de la solicitud:
No cumplimiento de requisitos.
Costo del trámite:
La solicitud no tiene ningún costo.
Normativa asociada a la solicitud:
- Ley 142 de 1994
- Ley 143 de 1994
- Decreto 2287 de 2004
- Ley 1437 de 2011
- Ley 1755 de 2015
- Decreto 1166 de 2016
Información relacionada:
Las empresas de acueducto y alcantarillado deberán facilitar las condiciones necesarias para que la empresa prestadora del servicio público de energía pueda separar los consumos, de manera que se distingan aquellos utilizados específicamente en las actividades operativas inherentes a la prestación del servicio público a su cargo. Esta validación se realizará mediante una revisión en terreno.
Siguiente trámite a surtir:
Ante la negación de la solicitud, el usuario podrá presentar los recursos correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994.
Tiempo de respuesta:
La respuesta será proporcionada a través de los canales de atención habilitados en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de solicitud, sin que ello implique que la respuesta no pueda ser generada antes de dicho plazo.