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Descripcion

Solicitud realizada por el cliente o usuario para que se distribuyan los cobros de las áreas comunes o se elimine la distribución existente, en las instalaciones individuales de la copropiedad. 

 

El presente trámite podrá ser gestionado a través de los siguientes canales de atención:

Recuerda presentar todos los requisitos documentales, comerciales y/o técnicos, para que tu solicitud sea registrada y tramitada por CENS.

Entidades de orden municipal y/o Nacional, urbanizadores, Constructores, Administradores de Copropiedad o Propietario(s) del Edificio o Delegado con autorización de los copropietarios afectados.

Copropiedades jurídicamente constituidas : 

  • Administrador de la Copropiedad: personería jurídica, siempre y cuando estén registrados legalmente. 
  •  Comunicación escrita firmada donde se solicita la distribución o eliminación de la distribución del cobro de las zonas comunes, relacionando las instalaciones con su número de cliente y propietarios. Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Copia del acta de asamblea con el voto favorable que represente el setenta por ciento (70%) de los coeficientes del respectivo edificio o conjunto.
  • Última factura del área común cancelada.

Copropiedades que jurídicamente no están constituidas:

  • Comunicación escrita de autorización del 100% de los propietarios de los inmuebles que conforman el edificio, relacionando las instalaciones con su número de cliente, autorizando la distribución o eliminación de la distribución del cobro de zonas comunes y autorizando a un delegado para hacer el trámite ante la Empresa.  Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Copia de documento que certifica la propiedad de cada inmueble.
  • Última factura del área común cancelada. 

Propietario del edificio:

  • Comunicación escrita firmada donde se solicita la distribución o eliminación de la distribución del cobro de las zonas comunes, relacionando las instalaciones con su número de cliente y propietarios. Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Certificado de Libertad y Tradición el cual puede ser consultado en el VUR, por lo que no es necesario que el solicitante aporte el documento en físico (en caso de que se presente en físico, la fecha de expedición del documento debe ser inferior a 3 meses).
  • Última factura del área común cancelada.

Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.

Causales de negación de la solicitud:

La solicitud de distribución cobro áreas comunes no se considera negación, sin embargo, es posible no acceder a su solicitud debido al no cumplimiento de requisitos.

Costo del trámite:

La solicitud no tiene ningún costo.

Normativa asociada a la solicitud:
  • Ley 142 de 1994
  • Ley 675 de 2001
  • Ley 1437 de 2011
  • Ley 1755 de 2015
  • Decreto 1166 de 2016
Información relacionada:

La comunicación escrita debe estar firmada por el representante legal de la entidad de orden municipal y/o Nacional, Urbanizadores, Constructores, Administradores de Copropiedad o Propietario(s) del Edificio o delegado con autorización de los copropietarios afectados.

En todos los casos la autorización debe estar firmada por los propietarios de los apartamentos implicados.

Tiempo de respuesta:

La respuesta será proporcionada a través de los canales de atención habilitados en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de solicitud, sin que ello implique que la respuesta no pueda ser generada antes de dicho plazo.

Copropiedades jurídicamente constituidas : 

  • Administrador de la Copropiedad: personería jurídica, siempre y cuando estén registrados legalmente. 
  •  Comunicación escrita firmada donde se solicita la distribución o eliminación de la distribución del cobro de las zonas comunes, relacionando las instalaciones con su número de cliente y propietarios. Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Copia del acta de asamblea con el voto favorable que represente el setenta por ciento (70%) de los coeficientes del respectivo edificio o conjunto.
  • Última factura del área común cancelada.

Copropiedades que jurídicamente no están constituidas:

  • Comunicación escrita de autorización del 100% de los propietarios de los inmuebles que conforman el edificio, relacionando las instalaciones con su número de cliente, autorizando la distribución o eliminación de la distribución del cobro de zonas comunes y autorizando a un delegado para hacer el trámite ante la Empresa.  Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Copia de documento que certifica la propiedad de cada inmueble.
  • Última factura del área común cancelada. 

Propietario del edificio:

  • Comunicación escrita firmada donde se solicita la distribución o eliminación de la distribución del cobro de las zonas comunes, relacionando las instalaciones con su número de cliente y propietarios. Para cada usuario vinculado se debe especificar si la distribución de los cobros de las áreas comunes se realiza en partes iguales o, en su defecto, el porcentaje de prorrateo asignado a cada cuenta. La sumatoria del prorrateo debe ser del 100%.
  • Certificado de Libertad y Tradición el cual puede ser consultado en el VUR, por lo que no es necesario que el solicitante aporte el documento en físico (en caso de que se presente en físico, la fecha de expedición del documento debe ser inferior a 3 meses).
  • Última factura del área común cancelada.

Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.

Causales de negación de la solicitud:

La solicitud de distribución cobro áreas comunes no se considera negación, sin embargo, es posible no acceder a su solicitud debido al no cumplimiento de requisitos.

Costo del trámite:

La solicitud no tiene ningún costo.

Normativa asociada a la solicitud:
  • Ley 142 de 1994
  • Ley 675 de 2001
  • Ley 1437 de 2011
  • Ley 1755 de 2015
  • Decreto 1166 de 2016
Información relacionada:

La comunicación escrita debe estar firmada por el representante legal de la entidad de orden municipal y/o Nacional, Urbanizadores, Constructores, Administradores de Copropiedad o Propietario(s) del Edificio o delegado con autorización de los copropietarios afectados.

En todos los casos la autorización debe estar firmada por los propietarios de los apartamentos implicados.

Tiempo de respuesta:

La respuesta será proporcionada a través de los canales de atención habilitados en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de solicitud, sin que ello implique que la respuesta no pueda ser generada antes de dicho plazo.