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Cuando el propietario manifiesta no estar obligado a realizar los pagos del servicio consumido por un tercero (arrendatario, poseedor, tenedor, etc.)
CENS dispone de varios canales de atención por los cuales puedes realizar la Solicitud rompimiento de solidaridad con el fin de darte más opciones de acuerdo a tus necesidades.
Propietario del inmueble.
Para solicitar rompimiento de solidaridad debes contar con lo siguiente:
Carta enviada por el propietario del inmueble, solicitando la ruptura de la solidaridad en relación con los servicios públicos domiciliarios. Prueba de la existencia del contrato de arrendamiento y las fechas de inicio y finalización de éste. Documento que acredite propiedad del inmueble.
Si la persona que realiza la solicitud actúa en representación de un tercero, deberá presentar, adicional a los documentos anteriores, el poder debidamente otorgado o la autorización que lo faculte para actuar en su nombre, la cual no requiere autenticación.
Causales de negación de la solicitud: No cumplimiento de requisitos.
Costo del trámite:
La solicitud de rompimiento de solidaridad no tiene ningún costo.
Normativa asociada a la solicitud: La normatividad asociada a la solicitud rompimiento de solidaridad es la siguiente:
Ley 142 de 1994 Ley 689 de 2001 Ley 1437 de 2011 Ley 1755 de 2015
Información relacionada: Las reclamaciones por solidaridad son tramitadas únicamente por canal escrito. Las reclamaciones por solidaridad son la excepción a lo definido en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994", por lo cual el cliente y usuario podrá reclamar en cualquier tiempo. Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.
Siguiente trámite a surtir: Ante la negación de la solicitud presentación de recursos con el cumplimiento de requisitos.
Tiempo de respuesta: Se emite la respuesta por los canales de atención habilitados en 15 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud.
Revisión de proyectos