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Descripción

Es la solicitud que realiza el cliente y usuario para que se retire definitivamente el servicio público domiciliario de determinado inmueble.

 

CENS dispone de varios canales de atención por los cuales puedes solicitar la  terminación del contrato con el fin de darte más opciones de acuerdo a tus necesidades.

  • Realizar solicitud en la pagina web de CENS a través del Asesor Virtual,  aportando los requisitos mencionados.
  • En las Oficinas de atención al cliente, contando con la información requerida para el trámite durante la atención.
  • Realizar solicitud en la pagina web de CENS en las opciones Radica tu PQR y/o Portal de Autogestión, aportando los requisitos mencionados.
  • Entregar en la ventanilla de radicación de documentos de CENS la solicitud de terminación del contrato y aportando los requisitos mencionados.
  • Enviar la solicitud de terminación del contrato al correo electrónico [email protected], aportando los requisitos mencionados.

Propietario del inmueble o quien solicito el servicio público domiciliario.

Para solicitar terminación del contrato por orden del suscriptor debes contar con lo siguiente: 

  • Nombre completo y número de documento de identidad del solicitante.
  • Extranjeros: Cédula de Extranjería o pasaporte o permiso de permanencia en Colombia o la cédula de su país.

Si el propietario o el suscriptor (quien solicitó el servicio) fallecieron, un tercero puede presentar la solicitud de retiro adjuntando el certificado de defunción e informando el vínculo con el inmueble.

  • Propietario: Fotocopia del impuesto predial vigente (documento físico o lo puedes consultar y descargar en la página de impuesto predial de la Alcaldía,  en caso de que el municipio cuente con esta opción) o consultar el Certificado de Libertad y tradición en la Ventanilla Única de Registro -V.U.R- si el cliente no presenta el documento físico (si lo presenta físico con fecha de expedición inferior a 90 días).
  • Quien solicitó el servicio: última factura.
  • Cuando el retiro del servicio sea por orden de autoridad competente, solo es necesario la comunicación de la entidad oficial con la solicitud (entidades: municipio, DAGRD o quién haga sus veces, inspecciones de policía)

Excepcionalmente se podrán recibir los siguientes documentos para acreditar propiedad del inmueble: Promesa de Compraventa, Documento de Posesión del Inmueble, Sentencia judicial de Adjudicación del predio, Resolución administrativa de adjudicación del predio, Escritura Pública, Índice de Propiedad, documento expedido por la inspección de policía donde conste la vivencia y Posesión del inmueble. Cuando el solicitante habite en un resguardo indígena, certificación de ocupación del inmueble firmado por el Gobernador Indígena.

Si la persona que realiza la solicitud actúa en representación de un tercero, deberá presentar, adicional a los documentos anteriores, el poder debidamente otorgado o la autorización que lo faculte para actuar en su nombre, la cual no requiere autenticación.

Causales de negación de la solicitud:
  • No cumplimento de requisitos. 
  • Presentar deuda por algún concepto.
  • Generar afectación a terceros.
Costo del trámite:

La solicitud de terminación del contrato no tiene ningún costo.

Normativa asociada a la solicitud:

La normatividad asociada a la solicitud de terminación del contrato es la siguiente: 

  • Ley 142 de 1994
  • Ley 143 de 1994
  • Ley 1437 de 2011
  • Ley 1755 de 2015
  • Decreto 1166 de 2016
Información relacionada:

Para solicitar el retiro todos los consumos y saldos de la instalación deben estar cancelados. Se aclara que el retiro no es viable si genera alguna afectación a un tercero.

Es necesario que se le indique al solicitante, que si aún después del retiro en terreno presenta valores pendientes de  consumos, trabajos asociados al retiro, entre otros, estos deben ser saldados para terminar la relación contractual.

Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.

Siguiente trámite a surtir: 
  • Ante la negación de la solicitud presentación de recursos con el cumplimiento de requisitos.
Tiempo de respuesta:

Se emite la respuesta por los canales de atención habilitados en 15 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud.



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