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Es la solicitud que realiza el cliente y/o usuario para que se traslade un valor facturado correspondiente a saldo a favor o deuda.
El presente trámite podrá ser gestionado a través de los siguientes canales de atención:
Recuerda presentar todos los requisitos documentales, comerciales y/o técnicos, para que tu solicitud sea registrada y tramitada por CENS.
Un tercero puede presentar la solicitud, siempre que cuente con la debida autorización (si es persona natural) o poder (si es persona jurídica), otorgado por el propietario que asumirá la deuda o el propietario que traslada el saldo.
Para realizar el presente trámite, asegúrate de cumplir con los siguientes requisitos:
Datos del solicitante:
Si el solicitante no presenta documento de propiedad se debe consultar en la Ventanilla Única de Registro VUR y confirmar si el peticionario es el propietario del inmueble donde se va a trasladar la deuda (traslado de deuda) o propietario del inmueble que desea trasladar el saldo a favor (traslado de saldo).
Según el tipo de persona:
Si el solicitante no presenta el CERL o el RUT se debe consultar en el RUES para verificar la autenticidad del representante legal vigente y el estado activo del establecimiento comercial.
Otros documentos adicionales:
El número de cuenta al cual se realizará el traslado debe estar activo en el Sistema de Administración Comercial y facturando con normalidad.
Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.
Causales de negación de la solicitud: Este trámite no se considera negación, sin embargo, es posible que no se acceda a su solicitud debido al incumplimiento de requisitos o a la presencia de inconsistencias en los mismos.
Costo del trámite: La solicitud no tiene ningún costo.
Normativa asociada a la solicitud:
Información relacionada:
Tiempo de respuesta: Se emite la respuesta por los canales de atención habilitados en 15 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud.