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Descripción

El visado de transformador consiste en el servicio prestado por CENS S.A E.S.P. para verificar la procedencia del transformador, registrarlo en la base de datos y asignarle un número para tener registro de equipos, así mismo, realizar pruebas para garantizar su correcta operación.

 

CENS dispone de varios canales de atención por los cuáles puedes solicitar el visado de transformador, con el fin de darte más opciones de acuerdo a tus necesidades:

Para solicitar el visado de transformador debes contar con lo siguiente:

1. El solicitante puede, opcionalmente, diligenciar la Plantilla Solicitud Visado de Transformadores.

La información solicitada en la plantilla es: número de factibilidad, regional del proyecto, nombre del solicitante, teléfono o celular del solicitante, nombre del propietario, correo electrónico y observaciones para dar claridad a la solicitud si son requeridas.

  • Factura o documento que demuestre la propiedad del transformador y DPS.
  • Certificado de conformidad RETIE de transformador y DPS.
  • Protocolo de pruebas de transformador y DPS.
  • Certificado de contenido de Bifenilos Policlorados (PCB´s) - Sólo aplica cuando en el protocolo de pruebas no indique libre de (PCB´s).
  • Previa aprobación en la interventoría de obras de conexión (opcional) o en visita de recibo técnico.

Recuerda, no es requerido diligenciar la Plantilla Solicitud Visado del Transformador, sin embargo, debes contar con la información solicitada en la misma.

La normatividad asociada a la solicitud de visado de transformador es la siguiente:

  • Resolución CREG 156 de 2011
  • Resolución CREG 070 de 1998
  • Resolución 40117 de 2024 - Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas
  • Norma técnica diseño y construcción CENS
  • Norma ISO-IEC-NTC 1750
  • Resolución CREG 075 de 2021

Oficinas de atención al cliente, correo electrónico o Radicación en Ventanillas: 15 días hábiles.

¿Quién puede presentar la solicitud?

El solicitante puede ser una persona natural o jurídica

¿Cuál es el costo del trámite?

La solicitud de visado de transformador no tiene ningún costo.

Para transformadores reparados en talleres no homologados se deben ingresar a las instalaciones de CENS para el servicio de ensayos respectivos, el valor del ensayo corresponde a lo contenido en el Listado de Servicios Adicionales.

Información relacionada con el trámite

Los transformadores que requieren visado y que hayan sido reparados en talleres no homologados se deben ingresar a las instalaciones de CENS (Laboratorio de Ensayos, Metrología y Asistencia Técnica) para el servicio de ensayos respectivos.

La aprobación del trámite de visado se genera previa aprobación en las interventorías de obras de conexión (opcional) o visita de recibo técnico.

Excepciones en el procedimiento de certificación. El productor o proveedor de transformadores de fabricación única, de transformadores de potencias mayores a 800 kVA o el que repare o modifique un transformador, podrá remplazar el certificado expedido por un organismo de certificación de producto, por la declaración de proveedor o del reparador, teniendo en cuenta los requisitos de la norma ISO-IEC-NTC 1750; para lo cual debe utilizar productos de calidad debidamente certificada de acuerdo con los requisitos establecidos en éste reglamento, realizar las pruebas pertinentes e incluir dentro de sus protocolos de ensayo la información correspondiente a los resultados de las verificaciones de las características exigidas en el RETIE, comprobadas mediante la ejecución de cálculos, ensayos tipo, ensayos de rutina, según aplique.     

Siguiente trámite a surtir: 

  • Interventoría de obras de conexión (opcional).
  • Visita de recibo técnico (Acompañamiento técnico en terreno).
  • Recepción del equipo de medida del usuario (Si aplica).
  • Conexión del servicio de energía.

No hay causales de negación para esta solicitud.


No hay causales de negación para esta solicitud.

 

 

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