¿Quién puede presentar la solicitud?
El solicitante puede ser una persona natural o jurídica.
¿Cuál es el costo del trámite?
La solicitud para la visita de recibo técnico no tiene ningún costo.
Información relacionada con el trámite
En esta cita de acompañamiento se debe contar con la obra culminada y los sistemas de medida instalados si fueron ingresados previamente (aplica si el comercializador es el mismo operador de red); se revisan las obras de conexión, el sistema de medida y las demás verificaciones que prevea la regulación.
Esta es la última visita de acompañamiento, donde se suscribe el acta de recibo técnico que es requisito indispensable para la conexión al servicio y corresponde a los pasos previos de los que trata el artículo 46 de la resolución CREG 075 de 2021 para el caso de instalaciones de otros comercializadores.
Además, deberá contar con:
- Solicitud de Visado del trasformador finalizada (si aplica).
- Equipos del sistema de medida (TC’s, TP’s, Medidores) habilitados instalados (si aplica)
- Trabajos de línea energizada con Mantenimiento de Redes (si aplica) para la conexión final del servicio ejecutados.
Nota: Toda instalación eléctrica es susceptible de consumir energía reactiva de la red de acuerdo a las características de su carga, la cual podrá ser penalizada de acuerdo a lo estipulado por la Resolución CREG 015 de 2018, para mayor información consulte en la página Penalización de Penalización de Energía Reactiva.
Si alguno de los tramites no se encuentra ejecutado, se rechaza la visita de recibo técnico, sin embargo, se pude autorizar el trámite que se requiera si se encuentra anexo la documentación necesaria para el registro del pedido.
Siguiente trámite a surtir:
- Recepción equipo de medida del usuario (si no se recepcionó previamente con autorización de CENS).
- Conexión del servicio de energía.